jueves, 15 de marzo de 2012

Copia Certificada del Centro Agricola Cantonal de Ventanas


Memorando Nro. MAGAP-DPALOSRIOS-2012-0774-M

Babahoyo, 15 de marzo de 2012

PARA: Sr. Washington Estuardo Astudillo Ley
Director Provincial de Los Ríos

ASUNTO: Copia Certificada del Centro Agricola Cantonal de Ventanas
De mi consideración:

De acuerdo al Documento MAGAP-DPALOSRIOS-2012-0367-E, fechado en Babahoyo el 2012-03-08, donde el Usuario Neiva Melissa Sánchez Litardo Registra La Solicitud de la Sra. Zolia Rosa Melendez Villagomez donde Como Socia y Ex tesorera del centro agrícola cantonal de ventanas, solicita Documentos Pertinentes Tales Como Estatuto y Cambio de Directorio Anterior del Centro Agrícola Cantonal de Ventanas. Este Departamento de acuerdo a la Solicitud Presentada y Sumillada por El Ing. Agr. Washington Estuardo Astudillo Ley, Director Técnico de Área MAGAP DPA LOS RIOS, donde Autoriza Una Copia Certificada al Ab. Segundo Enrique Coello Lema de los Procesos 143 y 82 que contienen 23 y 51 fojas útiles en su orden. La información requerida será para uso de carácter personal, en su condición de Socia del
Centro Agrícola del Cantón Ventanas.

Con sentimientos de distinguida consideración.

Atentamente,


Abg. Segundo Enrique Coello Lema
SERVIDOR PÚBLICO 6

miércoles, 14 de marzo de 2012

Nueva Directiva de la Union de Organizaciones CAmpesinas de Quevedo U.O.C.Q.


Memorando Nro. MAGAP-DPALOSRIOS-2012-0763-M

Babahoyo, 14 de marzo de 2012

PARA: Sr. Washington Estuardo Astudillo Ley
Director Provincial de Los Ríos

ASUNTO: Nueva Directiva de la Union de Organizaciones CAmpesinas de Quevedo
U.O.C.Q.

De mi consideración:

Revisada la documentación presentada por la Union de Organizaciones Campesinas de Quevedo U.O.C.Q., domiciliada en el Cantón Quevedo Provincia de Los Ríos con Acuerdo Ministerial No. 0404 del 07 de noviembre de 1994 la que se encuentra en regla, por lo que se considera que se debe aprobar el Directorio de la Unión de Organizaciones Campesinas de Quevedo U.O.C.Q. que regirá los destinos de esa Institución por el periodo 2012 – 2014, amparando este criterio en lo que dispone el Art. 6 literal B del Acuerdo Ministerial No. 479, del 21 de Noviembre de 2011 y su integración es la siguiente

N O M I N A:

Presidente
Zhuinio Andino Félix Byron
Vicepresidenta
Muñoz Barre Olga Beatriz
Secretario
Carranza Troya Carlos Florencio
Gerente
Sandoya Veliz Luzmila Leonor

Vocales Principales
Veloz Zamora María Magdalena
Tapia Peralta Macario Eron

Secretaría de la Mujer
Zambrano Enderica Azucena Isabel

Secretaría de Jóvenes
Bustamante Macías María Luisa

Comisión de Vigilancia
Lino Bermudez Freddy Guillermo
Matamoros Álvarez Marta Azucena
Ibarra Meza Guillermo Jacinto
Con sentimientos de distinguida consideración.
Atentamente,

Abg. Segundo Enrique Coello Lema
SERVIDOR PÚBLICO 6

Criterio Juridico Corporacion de Agricultores San Antonio


Las Señoras María Graciela Cabezas Mendoza y Rosa Galarza Figueroa, Presidenta y Secretaria en su orden de la Corporación de Agricultores San Antonio, presentan la documentación a esta Dirección el 12 de enero del 2012, al revisar la misma, se encuentra que el acta de Asamblea General constitutiva la realizan  en el Recinto Pajarito del Cantón Mocache, Provincia de Los Ríos,  el 15 de septiembre del 2011, a las 16H00, con la finalidad de constituir una Corporación Campesina, al respecto hay que hacer las siguientes consideraciones.  El Reglamento Para la Aprobación de Estatutos, Reformas y Codificaciones, Liquidación y Disolución, y Registro de Socios y Directivas de las Organizaciones Previstas en el Código Civil, en el Art. 3 Trata de los Requisitos, en el 3.1  Literal b), trata de la nómina de la directiva provisional  y la    Asamblea procede a la elección del Directorio, designando  PRESIDENTE, SECRETARIO, TESORERO y TRES  VOCALES, no se designa VICEPRESIDENTE Y LOS TRES VOCALES SUPLENTES, resultando ser una elección diminuta, igualmente  se incumple con los literales c) y d) del mencionado Reglamento, en el inc. Segundo del Art. 4, no se observa lo dispuesto en  el CAPITULO III. DEL ESTATUTO Y SU APROBACION, el Art. 6, por esta razón de conformidad con el inciso segundo del Art. 7 del Reglamento en mención, debiendo considerarse el Decreto Ejecutivo No 1049 que contiene la Reforma al Indicado Reglamento, en consecuencia de ello, DEVUELVO LA DOCUMENTACION PRESENTADA POR LA CORPORACION DE AGRICULTORES SAN ANTONIO, PARA QUE SEA COMPLETADA.

sábado, 10 de marzo de 2012

Corporacion Agroforestal "4 de Junio"


Memorando Nro. MAGAP-DPALOSRIOS-2012-0697-M

Babahoyo, 10 de marzo de 2012

PARA: Sr. Washington Estuardo Astudillo Ley
Director Provincial de Los Ríos

ASUNTO: Corporación Agroforestal "4 de Junio"

De mi consideración:

Revisada la documentación presentada por la CORPORACION AGROFORESTAL “4 DE JUNIO”, domiciliada en el Recto. El Triunfo perteneciente al Cantón Mocache en la Provincia de Los Ríos con Acuerdo Ministerial No. 004 del 26 de diciembre de 2007. Documentación que se encuentra en regla, para Registro de Nueva Directiva, esta Unidad Jurídica considera que se debe proceder a su registro, amparando este criterio en lo que dispone el Art. 6 literal B del Acuerdo Ministerial No. 479, del 21 de Noviembre de 2011.

N O M I N A:
Presidente
Franco Litardo Félix Artemio
Vicepresidente
Laje Alvarado Néstor Gabriel
Tesorero
Gualotuña Quinga Luis Alfonso
Sindico
Cedeño Rengifo Segundo Dolores
Secretario
Intriago Mendoza Nancy Maribel

Vocales Principales
Guillen Castro Clemencia Emperatriz
Guillen Méndez Luis Andrés
Cedeño Villamar Franklin Agustín
Vocales Suplentes
Intriago Alvia Amando Celestino
Rosado Loor Rosario Esther
Castillo Castro Otoniel Rubén
Con sentimientos de distinguida consideración.


Atentamente,

Abg. Segundo Enrique Coello Lema
SERVIDOR PÚBLICO 6